Texto Original | Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda) | Propuesta de Texto Desarrollista (Leve) |
|---|---|---|
f) La solicitud de propuestas con diálogo; | f) La solicitud de propuestas con diálogo; | f) La solicitud de propuestas con diálogo; |
g) La solicitud de propuestas con negociación consecutiva; | g) La solicitud de propuestas con negociación consecutiva; | g) La solicitud de propuestas con negociación consecutiva; |
h) La negociación competitiva; | h) La negociación competitiva; | h) La negociación competitiva; |
i) La subasta electrónica inversa; | i) La subasta electrónica inversa; | i) La subasta electrónica inversa; |
j) La contratación con un solo proveedor o contratista. | j) La contratación con un solo proveedor o contratista. | j) La contratación con un solo proveedor o contratista. |
k) La Feria Inclusiva, para la adquisición directa de bienes, obras y servicios de producción nacional a productores individuales, artesanos, micro y pequeñas empresas y actores de la economía popular y solidaria; | k) Otros procedimientos de contratación que el Estado promulgante establezca en su reglamento, siempre que sean compatibles con los principios de la presente Ley y con sus obligaciones internacionales, en particular aquellos diseñados para fomentar la participación de MIPYMES, la innovación o la sostenibilidad, como ferias inclusivas o contrataciones simplificadas para sectores vulnerables. | |
l) La Contratación Directa por Reserva de Mercado para Innovación Tecnológica Nacional, destinada a la adquisición de prototipos o primeros lotes de producción de bienes innovadores desarrollados localmente con alto Valor Agregado Nacional. | ||
2. La entidad adjudicadora podrá llevar a cabo su contratación con arreglo a un acuerdo marco, de conformidad con lo dispuesto en el capítulo VII de la presente Ley. | 2. La entidad adjudicadora podrá llevar a cabo su contratación con arreglo a un acuerdo marco, de conformidad con lo dispuesto en el capítulo VII de la presente Ley. El Reglamento de Contratación Pública distinguirá entre: (a) Acuerdo Marco Industrial, orientado a la eficiencia y estandarización; y (b) Acuerdo Marco Inclusivo (Catálogo Dinámico Inclusivo), de adhesión exclusiva para MIPYMES y actores de la economía popular y solidaria, con sistema rotativo de adjudicación de órdenes de compra. | 2. La entidad adjudicadora podrá llevar a cabo su contratación con arreglo a un acuerdo marco, de conformidad con lo dispuesto en el capítulo VII de la presente Ley. |
Artículo 28. Reglas generales aplicables a la selección de un método de contratación | Artículo 28. Reglas generales aplicables a la selección de un método de contratación |
← Propuesta de reforma
PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI
descripcion de la propuesta de reforma
Versión 1 · 9 oct 2026
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