Texto Original | Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda) | Propuesta de Texto Desarrollista (Leve) |
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b) El tiempo y los gastos que supondría el examen y la evaluación de un gran número de ofertas resulten desproporcionados en relación con el valor del objeto del contrato adjudicable. | b) El tiempo y los gastos que supondría el examen y la evaluación de un gran número de ofertas resulten desproporcionados en relación con el valor del objeto del contrato adjudicable. | |
2. La entidad adjudicadora podrá entablar un proceso de contratación por el método de la solicitud de cotizaciones, conforme a lo previsto en el artículo 46 de la presente Ley, para la contratación de bienes y servicios que sean fáciles de obtener, es decir, sin que hayan de ser producidos o suministrados conforme a alguna descripción particular dada por la entidad adjudicadora y respecto de los cuales exista una oferta establecida en el mercado, siempre y cuando el valor previsto del contrato adjudicable sea inferior al umbral que se haya enunciado al respecto en el reglamento de la contratación pública. | 2. La entidad adjudicadora podrá entablar un proceso de contratación por el método de la solicitud de cotizaciones, conforme a lo previsto en el artículo 46 de la presente Ley, para la contratación de bienes y servicios que sean fáciles de obtener, es decir, sin que hayan de ser producidos o suministrados conforme a alguna descripción particular dada por la entidad adjudicadora y respecto de los cuales exista una oferta establecida en el mercado, siempre y cuando el valor previsto del contrato adjudicable sea inferior al umbral que se haya enunciado al respecto en el reglamento de la contratación pública. | |
3. La entidad adjudicadora podrá entablar un proceso de contratación por el método de la solicitud de propuestas sin negociación, conforme a lo previsto en el artículo 47 de la presente Ley, cuando la entidad adjudicadora vaya a examinar por separado los aspectos financieros de las propuestas y únicamente tras haber concluido el examen y la evaluación de las características técnicas y de calidad y de los posibles resultados de las propuestas. | 3. La entidad adjudicadora podrá entablar un proceso de contratación por el método de la solicitud de propuestas sin negociación, conforme a lo previsto en el artículo 47 de la presente Ley, cuando la entidad adjudicadora vaya a examinar por separado los aspectos financieros de las propuestas y únicamente tras haber concluido el examen y la evaluación de las características técnicas y de calidad y de los posibles resultados de las propuestas. |
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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI
descripcion de la propuesta de reforma
Versión 1 · 9 oct 2026
Art. 29 · Condiciones de empleo de los métodos de contratación previstos en el capítulo IV de la presente Ley (licitación restr…(continúa)Cap. II · MÉTODOS DE CONTRATACIÓN Y SUS CONDICIONES DE EMPLEO; CONVOCATORIA Y ANUNCIOS DE LA CONTRATACIÓN Sección I. Métodos de…
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