Texto Original | Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda) | Propuesta de Texto Desarrollista (Leve) |
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Artículo 11. Reglas concernientes a los criterios y procedimientos de evaluación | Artículo 11. Reglas concernientes a los criterios y procedimientos de evaluación | Artículo 11. Reglas concernientes a los criterios y procedimientos de evaluación |
2. Los criterios de evaluación relacionados con el objeto del contrato podrán ser: | 2. Los criterios de evaluación relacionados con el objeto del contrato podrán ser: | 2. Los criterios de evaluación relacionados con el objeto del contrato podrán ser: |
a) El precio; | a) El precio; | a) El precio; |
b) Los gastos de funcionamiento, de mantenimiento y de reparación de los bienes o de las obras, así como el plazo para la entrega de los bienes, la terminación de las obras o la prestación de los servicios, las características del objeto del contrato adjudicable, como pudieran ser sus características funcionales y ecológicas; y las condiciones de pago y las garantías dadas respecto del objeto del contrato adjudicable; | b) Los gastos de funcionamiento, de mantenimiento y de reparación de los bienes o de las obras, así como el plazo para la entrega de los bienes, la terminación de las obras o la prestación de los servicios, las características del objeto del contrato adjudicable, como pudieran ser sus características funcionales y ecológicas; y las condiciones de pago y las garantías dadas respecto del objeto del contrato adjudicable; | b) Los gastos de funcionamiento, de mantenimiento y de reparación de los bienes o de las obras, así como el plazo para la entrega de los bienes, la terminación de las obras o la prestación de los servicios, las características del objeto del contrato adjudicable, como pudieran ser sus características funcionales y ecológicas; y las condiciones de pago y las garantías dadas respecto del objeto del contrato adjudicable; |
c) El costo del ciclo de vida del objeto, que incluirá, cuando proceda, los costos de adquisición, operación, mantenimiento, consumo energético, impacto ambiental, reciclabilidad y disposición final, conforme a la metodología que establezca el Reglamento de Contratación Pública; | ||
d) El porcentaje de Valor Agregado Nacional (VAN) incorporado en la oferta, calculado conforme a la metodología objetiva basada en la Matriz Insumo-Producto y el Sistema de Cuentas Nacionales, según lo dispuesto en el artículo 2 de la presente Ley; | ||
c) De ser pertinentes en la contratación realizada con arreglo a los artículos 47, 49 y 50 de la presente Ley, la experiencia, la fiabilidad y la competencia profesional y de gestión del proveedor o contratista, así como del personal que intervenga en la entrega del objeto del contrato adjudicado. | e) De ser pertinentes en la contratación realizada con arreglo a los artículos 47, 49 y 50 de la presente Ley, la experiencia, la fiabilidad y la competencia profesional y de gestión del proveedor o contratista, así como del personal que intervenga en la entrega del objeto del contrato adjudicado. | c) De ser pertinentes en la contratación realizada con arreglo a los artículos 47, 49 y 50 de la presente Ley, la experiencia, la fiabilidad y la competencia profesional y de gestión del proveedor o contratista, así como del personal que intervenga en la entrega del objeto del contrato adjudicado. |
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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI
descripcion de la propuesta de reforma
Versión 1 · 9 oct 2026
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Art. 10 · Reglas concernientes a la descripción del objeto del contrato adjudicable y a las condiciones de ese contrato o del a…(continúa)Cap. I · DISPOSICIONES GENERALES
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