Texto Original | Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda) | Propuesta de Texto Desarrollista (Leve) |
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6. En la adquisición de bienes de capital, infraestructura tecnológica, sistemas de información complejos, software, plataformas digitales u obras de alta complejidad que superen el umbral definido en el Reglamento de Contratación Pública, o que hayan sido declarados de interés estratégico por el Ente Rector, la Entidad Adjudicadora deberá: | ||
7. El Estudio de Desagregación Tecnológica y el Plan de Transferencia de Tecnología exigido formarán parte del expediente de contratación y serán publicados como documentación relevante en el sistema electrónico oficial, garantizando la transparencia y el control social sobre el cumplimiento de los objetivos de desarrollo productivo. |
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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI
descripcion de la propuesta de reforma
Versión 1 · 9 oct 2026
Art. 10 · Reglas concernientes a la descripción del objeto del contrato adjudicable y a las condiciones de ese contrato o del a…(continúa)Cap. I · DISPOSICIONES GENERALES
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