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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI

descripcion de la propuesta de reforma

Versión 1 · 9 oct 2026

  • Art. 10 · Reglas concernientes a la descripción del objeto del contrato adjudicable y a las condiciones de ese contrato o del a…(continúa)Cap. I · DISPOSICIONES GENERALES

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Texto Original

Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda)

Propuesta de Texto Desarrollista (Leve)

6. En la adquisición de bienes de capital, infraestructura tecnológica, sistemas de información complejos, software, plataformas digitales u obras de alta complejidad que superen el umbral definido en el Reglamento de Contratación Pública, o que hayan sido declarados de interés estratégico por el Ente Rector, la Entidad Adjudicadora deberá:
a) Elaborar un Estudio de Desagregación Tecnológica previo a la convocatoria, en el cual se identifiquen los principales componentes funcionales del objeto y se determine cuáles de ellos son susceptibles de ser producidos, ensamblados, desarrollados o mantenidos por la industria nacional, así como aquellos que requieren Transferencia de Tecnología para su internalización progresiva. En el caso de software, la desagregación identificará los módulos, librerías, componentes de infraestructura y servicios que pueden ser desarrollados localmente o que requieren transferencia de conocimiento;
b) Incluir en el pliego de condiciones la posibilidad de adjudicación por lotes o componentes funcionales, siempre que ello no comprometa la funcionalidad integral del sistema ni la responsabilidad principal del contratista, y que permita una mayor participación de proveedores locales, incluyendo desarrolladores de software y empresas de servicios digitales;
c) Incorporar como obligación contractual del adjudicatario un Plan de Transferencia de Tecnología (TT) , conforme a lo dispuesto en el Capítulo IX de la presente Ley, que incluya como mínimo: (i) Entrega de documentación técnica completa en idioma oficial, incluyendo, en el caso de software, la documentación de arquitectura, manuales de usuario y administrador, y las interfaces de programación (APIs); (ii) Capacitación y certificación de personal técnico local, garantizando la transferencia de conocimientos suficientes para la operación, mantenimiento y evolución del sistema; (iii) Compromiso de mantenimiento preventivo y correctivo a través de talleres locales autorizados o, en el caso de software, a través de equipos de soporte local con acceso al código fuente.

7. El Estudio de Desagregación Tecnológica y el Plan de Transferencia de Tecnología exigido formarán parte del expediente de contratación y serán publicados como documentación relevante en el sistema electrónico oficial, garantizando la transparencia y el control social sobre el cumplimiento de los objetivos de desarrollo productivo.

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