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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI

descripcion de la propuesta de reforma

Versión 1 · 9 oct 2026

En esta página

  • Art. 3 · Obligaciones internacionales de [este Estado] en materia de contratación pública [y acuerdos entre unidades territori…(continúa)Cap. I · DISPOSICIONES GENERALES

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  • Art. 4 · Reglamentación de la contratación públicaCap. I · DISPOSICIONES GENERALES

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Texto Original

Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda)

Propuesta de Texto Desarrollista (Leve)

2. En la negociación de tratados, acuerdos comerciales o compromisos con instituciones financieras internacionales que incluyan disposiciones sobre contratación pública, el Estado procurará preservar el espacio de política necesario para:
a) Implementar programas de Reserva de Mercado y acciones afirmativas en favor de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) y Actores de la Economía Popular y Solidaria (EPS);
b) Aplicar márgenes de preferencia por Valor Agregado Nacional (VAN) y políticas de desarrollo industrial y tecnológico;
c) Utilizar la contratación pública como instrumento de fomento de la innovación, la sostenibilidad ambiental y la inclusión social.

3. El Ente Rector de la Contratación Pública participará en los procesos de negociación internacional en materia de compras públicas, a fin de asegurar la coherencia entre los compromisos internacionales y los objetivos de desarrollo nacional establecidos en la presente Ley.

Artículo 4. Reglamentación de la contratación pública
El [el Estado promulgante indicará el órgano o la autoridad competente] estará facultado para promulgar un reglamento de la contratación pública destinado a facilitar la aplicación de la presente Ley y el logro de sus objetivos.

Artículo 4. Reglamentación de la contratación pública
El [el Estado promulgante indicará el órgano o la autoridad competente] estará facultado para promulgar un reglamento de la contratación pública destinado a facilitar la aplicación de la presente Ley y el logro de sus objetivos.

2. El Reglamento de Contratación Pública deberá desarrollar, como mínimo, las siguientes materias:
a) La metodología objetiva para el cálculo del Valor Agregado Nacional (VAN), basada preferentemente en la Matriz Insumo-Producto y el Sistema de Cuentas Nacionales, así como los umbrales aplicables por código de producto (CPC);
b) Los procedimientos para la elaboración y aprobación de los Estudios de Desagregación Tecnológica y los niveles de exigencia de Transferencia de Tecnología (TT1 a TT4);
c) Las reglas de operación del Catálogo Dinámico Inclusivo (CDI) y de las Ferias Inclusivas, incluyendo los criterios de territorialización, rotación de órdenes de compra y puntuación por criterios de inclusión social;
d) Los mecanismos alternativos de garantía para MIPYMES y EPS, incluyendo el crédito contra orden de compra y la retención de pagos;
e) Los procedimientos para la verificación del cumplimiento del VAN y de la Transferencia de Tecnología durante la ejecución contractual;
f) Los criterios y umbrales para la aplicación de las Reservas de Mercado previstas en el artículo 8 de la presente Ley.

3. El Reglamento de Contratación Pública y sus modificaciones serán publicados en el sistema electrónico oficial de contratación y estarán disponibles en formato de datos abiertos.

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