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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI

descripcion de la propuesta de reforma

Versión 1 · 9 oct 2026

En esta página

  • Art. 10 · Reglas concernientes a la descripción del objeto del contrato adjudicable y a las condiciones de ese contrato o del a…(continúa)Cap. I · DISPOSICIONES GENERALES

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  • Art. 11 · Reglas concernientes a los criterios y procedimientos de evaluaciónCap. I · DISPOSICIONES GENERALES

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Texto Original

Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda)

Propuesta de Texto Desarrollista (Leve)

Artículo 11. Reglas concernientes a los criterios y procedimientos  de evaluación
1. Salvo en lo relativo a los criterios enunciados en el párrafo 3 del presente artículo, los criterios de evaluación guardarán relación con el objeto del contrato adjudicable.

Artículo 11. Reglas concernientes a los criterios y procedimientos  de evaluación
1. Salvo en lo relativo a los criterios enunciados en el párrafo 3 del presente artículo, los criterios de evaluación guardarán relación con el objeto del contrato adjudicable.

Artículo 11. Reglas concernientes a los criterios y procedimientos  de evaluación
1. Salvo en lo relativo a los criterios enunciados en el párrafo 3 del presente artículo, los criterios de evaluación guardarán relación con el objeto del contrato adjudicable.

2. Los criterios de evaluación relacionados con el objeto del contrato podrán ser:

2. Los criterios de evaluación relacionados con el objeto del contrato podrán ser:

2. Los criterios de evaluación relacionados con el objeto del contrato podrán ser:

a) El precio;

a) El precio;

a) El precio;

b) Los gastos de funcionamiento, de mantenimiento y de reparación de los bienes o de las obras, así como el plazo para la entrega de los bienes, la terminación de las obras o la prestación de los servicios, las características del objeto del contrato adjudicable, como pudieran ser sus características funcionales y ecológicas; y las condiciones de pago y las garantías dadas respecto del objeto del contrato adjudicable;

b) Los gastos de funcionamiento, de mantenimiento y de reparación de los bienes o de las obras, así como el plazo para la entrega de los bienes, la terminación de las obras o la prestación de los servicios, las características del objeto del contrato adjudicable, como pudieran ser sus características funcionales y ecológicas; y las condiciones de pago y las garantías dadas respecto del objeto del contrato adjudicable;

b) Los gastos de funcionamiento, de mantenimiento y de reparación de los bienes o de las obras, así como el plazo para la entrega de los bienes, la terminación de las obras o la prestación de los servicios, las características del objeto del contrato adjudicable, como pudieran ser sus características funcionales y ecológicas; y las condiciones de pago y las garantías dadas respecto del objeto del contrato adjudicable;

c) El costo del ciclo de vida del objeto, que incluirá, cuando proceda, los costos de adquisición, operación, mantenimiento, consumo energético, impacto ambiental, reciclabilidad y disposición final, conforme a la metodología que establezca el Reglamento de Contratación Pública;

d) El porcentaje de Valor Agregado Nacional (VAN) incorporado en la oferta, calculado conforme a la metodología objetiva basada en la Matriz Insumo-Producto y el Sistema de Cuentas Nacionales, según lo dispuesto en el artículo 2 de la presente Ley;

c) De ser pertinentes en la contratación realizada con arreglo a los artículos 47, 49 y 50 de la presente Ley, la experiencia, la fiabilidad y la competencia profesional y de gestión del proveedor o contratista, así como del personal que intervenga en la entrega del objeto del contrato adjudicado.

e) De ser pertinentes en la contratación realizada con arreglo a los artículos 47, 49 y 50 de la presente Ley, la experiencia, la fiabilidad y la competencia profesional y de gestión del proveedor o contratista, así como del personal que intervenga en la entrega del objeto del contrato adjudicado.

c) De ser pertinentes en la contratación realizada con arreglo a los artículos 47, 49 y 50 de la presente Ley, la experiencia, la fiabilidad y la competencia profesional y de gestión del proveedor o contratista, así como del personal que intervenga en la entrega del objeto del contrato adjudicado.

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