Texto Original | Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda) | Propuesta de Texto Desarrollista (Leve) |
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4. La entidad adjudicadora que decida limitar la participación de proveedores o contratistas en un proceso de contratación con arreglo al presente artículo, deberá hacer constar en el expediente del proceso de contratación las razones y circunstancias que motivaron su decisión. | 4. La entidad adjudicadora que decida limitar la participación de proveedores o contratistas en un proceso de contratación con arreglo al presente artículo, deberá hacer constar en el expediente del proceso de contratación las razones y circunstancias que motivaron su decisión. | 4. La entidad adjudicadora que decida limitar la participación de proveedores o contratistas en un proceso de contratación con arreglo al presente artículo, deberá hacer constar en el expediente del proceso de contratación las razones y circunstancias que motivaron su decisión. |
5. La entidad adjudicadora dará a conocer a cualquier persona que lo solicite las razones por las que haya decidido limitar la participación de proveedores o contratistas en un procedimiento de contratación conforme a lo previsto en el presente artículo. | 5. La entidad adjudicadora dará a conocer a cualquier persona que lo solicite las razones por las que haya decidido limitar la participación de proveedores o contratistas en un procedimiento de contratación conforme a lo previsto en el presente artículo. | 5. La entidad adjudicadora dará a conocer a cualquier persona que lo solicite las razones por las que haya decidido limitar la participación de proveedores o contratistas en un procedimiento de contratación conforme a lo previsto en el presente artículo. |
6. Acciones Afirmativas: Reservas de Mercado y Márgenes de Preferencia Específicos. | 6. Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos anteriores, el Estado podrá establecer, mediante el Reglamento de Contratación Pública y de conformidad con sus obligaciones internacionales, Reservas de Mercado u otros mecanismos de acción afirmativa destinados a promover la participación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), actores de la economía popular y solidaria u otros grupos vulnerables. Dichos mecanismos serán aplicados de manera transparente y no discriminatoria dentro de la categoría beneficiaria. |
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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI
descripcion de la propuesta de reforma
Versión 1 · 9 oct 2026
Art. 8 · Participación de proveedores y contratistas(continúa)Cap. I · DISPOSICIONES GENERALES
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