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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI

descripcion de la propuesta de reforma

Versión 1 · 9 oct 2026

  • Art. 15 · Aclaraciones y modificaciones del pliego de condiciones(continúa)Cap. I · DISPOSICIONES GENERALES

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Texto Original

Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda)

Propuesta de Texto Desarrollista (Leve)

3. Si, a raíz de una aclaración o modificación comunicada en virtud del presente artículo, la información publicada al solicitarse por primera vez la participación de proveedores o contratistas en el proceso pierde su exactitud de fondo, la entidad adjudicadora hará publicar la información enmendada de la misma manera y en el mismo lugar en que se publicó la información original y prorrogará el plazo para la presentación de ofertas conforme a lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 14 de la presente Ley.

3. Si, a raíz de una aclaración o modificación comunicada en virtud del presente artículo, la información publicada al solicitarse por primera vez la participación de proveedores o contratistas en el proceso pierde su exactitud de fondo, la entidad adjudicadora hará publicar la información enmendada de la misma manera y en el mismo lugar en que se publicó la información original y prorrogará el plazo para la presentación de ofertas conforme a lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 14 de la presente Ley.

3. Si, a raíz de una aclaración o modificación comunicada en virtud del presente artículo, la información publicada al solicitarse por primera vez la participación de proveedores o contratistas en el proceso pierde su exactitud de fondo, la entidad adjudicadora hará publicar la información enmendada de la misma manera y en el mismo lugar en que se publicó la información original y prorrogará el plazo para la presentación de ofertas conforme a lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 14 de la presente Ley.

4. Si convoca una reunión de proveedores o contratistas, la entidad adjudicadora levantará acta de ella y consignará las solicitudes de aclaración del pliego de condiciones que se hayan formulado y toda respuesta aclaratoria que haya dado, pero sin revelar la identidad del autor de la solicitud. Dicha acta será facilitada sin demora a todos los proveedores o contratistas a los que la entidad adjudicadora haya entregado el pliego de condiciones a fin de que puedan tenerla en cuenta al preparar sus ofertas.

4. Si convoca una reunión de proveedores o contratistas, la entidad adjudicadora levantará acta de ella y consignará las solicitudes de aclaración del pliego de condiciones que se hayan formulado y toda respuesta aclaratoria que haya dado, pero sin revelar la identidad del autor de la solicitud. Dicha acta será facilitada sin demora a todos los proveedores o contratistas a los que la entidad adjudicadora haya entregado el pliego de condiciones a fin de que puedan tenerla en cuenta al preparar sus ofertas.

4. Si convoca una reunión de proveedores o contratistas, la entidad adjudicadora levantará acta de ella y consignará las solicitudes de aclaración del pliego de condiciones que se hayan formulado y toda respuesta aclaratoria que haya dado, pero sin revelar la identidad del autor de la solicitud. Dicha acta será facilitada sin demora a todos los proveedores o contratistas a los que la entidad adjudicadora haya entregado el pliego de condiciones a fin de que puedan tenerla en cuenta al preparar sus ofertas.

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