Texto Original | Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda) | Propuesta de Texto Desarrollista (Leve) |
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Artículo 61. Requisitos para concertar un acuerdo marco abierto | Artículo 61. Requisitos para concertar un acuerdo marco abierto | |
a) La duración del acuerdo marco; | a) La duración del acuerdo marco; | |
b) La descripción del objeto de la contratación, así como de cualquier otra condición aplicable a la contratación que ya se conozca al concertarse el acuerdo marco abierto; | b) La descripción del objeto de la contratación, así como de cualquier otra condición aplicable a la contratación que ya se conozca al concertarse el acuerdo marco abierto; | |
c) Todas aquellas condiciones de la contratación que se puedan precisar durante la segunda etapa competitiva; | c) Todas aquellas condiciones de la contratación que se puedan precisar durante la segunda etapa competitiva; | |
d) El procedimiento que se seguirá en la segunda etapa competitiva y su frecuencia prevista; | d) El procedimiento que se seguirá en la segunda etapa competitiva y su frecuencia prevista; | |
e) Si el contrato con arreglo al acuerdo marco se adjudicará al proveedor o contratista que haya presentado la oferta con el precio más bajo o a aquel cuya oferta sea la más ventajosa; | e) Si el contrato con arreglo al acuerdo marco se adjudicará al proveedor o contratista que haya presentado la oferta con el precio más bajo o a aquel cuya oferta sea la más ventajosa; | |
f) Los procedimientos y criterios de evaluación que se aplicarán durante la segunda etapa competitiva, inclusive la ponderación relativa de los criterios de evaluación y la forma en que serán aplicados, de conformidad con los artículos 10 y 11 de la presente Ley. Cuando pueda variar la ponderación relativa de los criterios de evaluación durante la segunda etapa competitiva, en el acuerdo marco se especificará el margen de variación permisible. | f) Los procedimientos y criterios de evaluación que se aplicarán durante la segunda etapa competitiva, inclusive la ponderación relativa de los criterios de evaluación y la forma en que serán aplicados, de conformidad con los artículos 10 y 11 de la presente Ley. Cuando pueda variar la ponderación relativa de los criterios de evaluación durante la segunda etapa competitiva, en el acuerdo marco se especificará el margen de variación permisible. |
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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI
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Versión 1 · 9 oct 2026
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Art. 60 · Establecimiento de un acuerdo marco abierto(continúa)Cap. VII · CONTRATACIÓN CON ARREGLO A UN ACUERDO MARCO
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