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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI

descripcion de la propuesta de reforma

Versión 1 · 9 oct 2026

  • Art. 60 · Establecimiento de un acuerdo marco abierto(continúa)Cap. VII · CONTRATACIÓN CON ARREGLO A UN ACUERDO MARCO

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Texto Original

Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda)

Propuesta de Texto Desarrollista (Leve)

2. La entidad adjudicadora convocará a la participación en un acuerdo marco abierto haciendo publicar la invitación a los interesados a ser partes en un acuerdo marco abierto conforme a los requisitos del artículo 33 de la presente Ley.

2. La entidad adjudicadora convocará a la participación en un acuerdo marco abierto haciendo publicar la invitación a los interesados a ser partes en un acuerdo marco abierto conforme a los requisitos del artículo 33 de la presente Ley.

3. En la invitación a ser parte en el acuerdo marco abierto deberá especificarse la siguiente información:

3. En la invitación a ser parte en el acuerdo marco abierto deberá especificarse la siguiente información:

a) El nombre y la dirección de la entidad que establecerá y gestionará el acuerdo marco abierto y el nombre y la dirección de cualquier otra entidad adjudicadora que estará habilitada para contratar con arreglo a ese acuerdo marco;

a) El nombre y la dirección de la entidad que establecerá y gestionará el acuerdo marco abierto y el nombre y la dirección de cualquier otra entidad adjudicadora que estará habilitada para contratar con arreglo a ese acuerdo marco;

b) El hecho de que la contratación se llevará a cabo con arreglo a un procedimiento de acuerdo marco que culminará con un acuerdo marco abierto;

b) El hecho de que la contratación se llevará a cabo con arreglo a un procedimiento de acuerdo marco que culminará con un acuerdo marco abierto;

c) El idioma (o los idiomas) del acuerdo marco abierto y toda la información requerida acerca de la gestión del acuerdo, indicándose en particular cuál será el modo de acceso al acuerdo y a los anuncios de todo contrato próximamente adjudicable con arreglo al acuerdo, y los datos necesarios para la conexión;

c) El idioma (o los idiomas) del acuerdo marco abierto y toda la información requerida acerca de la gestión del acuerdo, indicándose en particular cuál será el modo de acceso al acuerdo y a los anuncios de todo contrato próximamente adjudicable con arreglo al acuerdo, y los datos necesarios para la conexión;

d) Las condiciones de admisión de todo proveedor o contratista que lo solicite en el acuerdo marco abierto, inclusive:

d) Las condiciones de admisión de todo proveedor o contratista que lo solicite en el acuerdo marco abierto, inclusive:

i) Una declaración conforme al artículo 8 de la presente Ley;

i) Una declaración conforme al artículo 8 de la presente Ley;

[ii) De imponerse alguna limitación conforme al párrafo 7 del presente artículo, el número máximo de proveedores o contratistas que pueden ser partes, y los criterios y procedimientos que se seguirán, de acuerdo con el párrafo 7 del presente artículo, para hacer la selección;]

[ii) De imponerse alguna limitación conforme al párrafo 7 del presente artículo, el número máximo de proveedores o contratistas que pueden ser partes, y los criterios y procedimientos que se seguirán, de acuerdo con el párrafo 7 del presente artículo, para hacer la selección;]

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