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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI

descripcion de la propuesta de reforma

Versión 1 · 9 oct 2026

  • Art. 53 · La subasta electrónica inversa como método de contratación en sí(continúa)Cap. VI · SUBASTA ELECTRÓNICA INVERSA

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Texto Original

Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda)

Propuesta de Texto Desarrollista (Leve)

q) Remisiones a la presente Ley, al reglamento de contratación pública o a cualquier otra disposición de derecho interno que sea directamente aplicable al proceso de contratación, inclusive a la aplicable a la contratación con información reservada, y al lugar en que puedan consultarse esas leyes y reglamentaciones;

q) Remisiones a la presente Ley, al reglamento de contratación pública o a cualquier otra disposición de derecho interno que sea directamente aplicable al proceso de contratación, inclusive a la aplicable a la contratación con información reservada, y al lugar en que puedan consultarse esas leyes y reglamentaciones;

r) Los medios por los cuales los proveedores o contratistas podrán pedir aclaraciones respecto de los procedimientos de contratación;

r) Los medios por los cuales los proveedores o contratistas podrán pedir aclaraciones respecto de los procedimientos de contratación;

s) El nombre, el cargo y la dirección de uno o varios funcionarios o empleados de la entidad adjudicadora que estén facultados para tener comunicación directa con los proveedores o contratistas, y para recibir directamente de ellos información relacionada con el proceso de contratación, antes y después de la subasta, sin intervención de un intermediario;

s) El nombre, el cargo y la dirección de uno o varios funcionarios o empleados de la entidad adjudicadora que estén facultados para tener comunicación directa con los proveedores o contratistas, y para recibir directamente de ellos información relacionada con el proceso de contratación, antes y después de la subasta, sin intervención de un intermediario;

t) Una notificación del derecho previsto en el artículo 64 de la presente Ley a recurrir o apelar contra toda decisión o medida de la entidad adjudicadora por la que se incumplan presuntamente las disposiciones de la presente Ley, informando sobre la duración del período de moratoria aplicable y, de no haberlo, haciendo una declaración a tal efecto y explicando las razones del caso;

t) Una notificación del derecho previsto en el artículo 64 de la presente Ley a recurrir o apelar contra toda decisión o medida de la entidad adjudicadora por la que se incumplan presuntamente las disposiciones de la presente Ley, informando sobre la duración del período de moratoria aplicable y, de no haberlo, haciendo una declaración a tal efecto y explicando las razones del caso;

u) Cualquier formalidad que sea requerida después de la subasta para la validez del contrato adjudicado, inclusive, cuando corresponda, la evaluación de la idoneidad o de la conformidad con arreglo a lo dispuesto en el artículo 57 de la presente Ley y la firma de un contrato escrito, conforme a lo previsto en el artículo 22 de la presente Ley;

u) Cualquier formalidad que sea requerida después de la subasta para la validez del contrato adjudicado, inclusive, cuando corresponda, la evaluación de la idoneidad o de la conformidad con arreglo a lo dispuesto en el artículo 57 de la presente Ley y la firma de un contrato escrito, conforme a lo previsto en el artículo 22 de la presente Ley;

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