Texto Original | Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda) | Propuesta de Texto Desarrollista (Leve) |
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b) La entidad adjudicadora podrá considerar conforme una oferta aun cuando se aparte ligeramente de las características, cláusulas, condiciones y demás requisitos enunciados en el pliego de condiciones, pero sin alterarlos, o aun cuando adolezca de errores u omisiones que se puedan corregir sin alterar el fondo de la oferta. Todo desvío de esa índole será cuantificado, en la medida de lo posible, y debidamente ponderado al evaluar las ofertas. | b) La entidad adjudicadora podrá considerar conforme una oferta aun cuando se aparte ligeramente de las características, cláusulas, condiciones y demás requisitos enunciados en el pliego de condiciones, pero sin alterarlos, o aun cuando adolezca de errores u omisiones que se puedan corregir sin alterar el fondo de la oferta. Todo desvío de esa índole será cuantificado, en la medida de lo posible, y debidamente ponderado al evaluar las ofertas. | |
2. La entidad adjudicadora rechazará una oferta: | 2. La entidad adjudicadora rechazará una oferta: | |
a) Cuando el proveedor o contratista que la haya presentado resulte no ser idóneo; | a) Cuando el proveedor o contratista que la haya presentado resulte no ser idóneo; | |
b) Cuando el proveedor o contratista que la haya presentado no acepte la corrección de un error aritmético realizada con arreglo al artículo 16 de la presente Ley; | b) Cuando el proveedor o contratista que la haya presentado no acepte la corrección de un error aritmético realizada con arreglo al artículo 16 de la presente Ley; | |
c) Cuando la oferta no sea conforme; | c) Cuando la oferta no sea conforme; | |
d) Si se dan las circunstancias mencionadas en el artículo 20 o 21 de la presente Ley. | d) Si se dan las circunstancias mencionadas en el artículo 20 o 21 de la presente Ley. | |
3. a) La entidad adjudicadora evaluará las ofertas que no hayan sido rechazadas a fin de determinar la oferta ganadora, con arreglo al apartado b) del presente párrafo, según los criterios y procedimientos enunciados en el pliego de condiciones. No se aplicará criterio ni procedimiento alguno que no esté enunciado en el pliego de condiciones; | 3. a) La entidad adjudicadora evaluará las ofertas que no hayan sido rechazadas a fin de determinar la oferta ganadora, con arreglo al apartado b) del presente párrafo, según los criterios y procedimientos enunciados en el pliego de condiciones. No se aplicará criterio ni procedimiento alguno que no esté enunciado en el pliego de condiciones; | |
b) La oferta ganadora será: | b) La oferta ganadora será: | |
i) Cuando el precio sea el único criterio de adjudicación de un contrato, aquella cuyo precio sea el más bajo; o | i) Cuando el precio sea el único criterio de adjudicación de un contrato, aquella cuyo precio sea el más bajo; o |
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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI
descripcion de la propuesta de reforma
Versión 1 · 9 oct 2026
Art. 43 · Examen y evaluación de las ofertas(continúa)Cap. III · LICITACIÓN ABIERTA
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