Texto Original | Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda) | Propuesta de Texto Desarrollista (Leve) |
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4. La entidad adjudicadora no estará obligada a publicar la convocatoria, conforme a lo dispuesto en el párrafo 2 del presente artículo, en la contratación nacional y en los procedimientos de contratación en que dicha entidad determine que, en vista del escaso valor del objeto del contrato adjudicable, es probable que únicamente los proveedores y contratistas nacionales tengan interés en presentar ofertas. | 4. La entidad adjudicadora no estará obligada a publicar la convocatoria, conforme a lo dispuesto en el párrafo 2 del presente artículo, en la contratación nacional y en los procedimientos de contratación en que dicha entidad determine que, en vista del escaso valor del objeto del contrato adjudicable, es probable que únicamente los proveedores y contratistas nacionales tengan interés en presentar ofertas. | |
5. Adicionalmente a la publicación electrónica, para contrataciones cuyo lugar de ejecución o entrega corresponda a un ámbito territorial específico (provincial, cantonal o parroquial), la Entidad Adjudicadora deberá implementar mecanismos de difusión complementaria a nivel local, tales como avisos en medios de comunicación de cobertura territorial, carteleras de gobiernos locales o comunicación directa a gremios y asociaciones productivas locales, con el fin de garantizar la participación efectiva de las MIPYMES de la localidad. El Reglamento de Contratación Pública definirá los umbrales y mecanismos específicos de difusión territorial. | ||
Artículo 34. Convocatoria y anuncios de contratación en la licitación restringida, la solicitud de cotizaciones, la negociación competitiva y la contratación con un solo proveedor o contratista | Artículo 34. Convocatoria y anuncios de contratación en la licitación restringida, la solicitud de cotizaciones, la negociación competitiva y la contratación con un solo proveedor o contratista | |
b) Cuando la entidad adjudicadora recurra a la licitación restringida como método de contratación por los motivos especificados en el párrafo 1 b) del artículo 29 de la presente Ley, seleccionará los proveedores o contratistas de los que vaya a solicitar ofertas sin criterios discriminatorios y en número suficiente para garantizar una verdadera competencia. | b) Cuando la entidad adjudicadora recurra a la licitación restringida como método de contratación por los motivos especificados en el párrafo 1 b) del artículo 29 de la presente Ley, seleccionará los proveedores o contratistas de los que vaya a solicitar ofertas sin criterios discriminatorios y en número suficiente para garantizar una verdadera competencia. |
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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI
descripcion de la propuesta de reforma
Versión 1 · 9 oct 2026
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Art. 33 · Convocatoria a licitación abierta, licitación en dos etapas y la subasta electrónica inversa como medio de contratación(continúa)Cap. II · MÉTODOS DE CONTRATACIÓN Y SUS CONDICIONES DE EMPLEO; CONVOCATORIA Y ANUNCIOS DE LA CONTRATACIÓN Sección I. Métodos de…
Entrar para comentarArt. 34 · Convocatoria y anuncios de contratación en la licitación restringida, la solicitud de cotizaciones, la negociación co…Cap. II · MÉTODOS DE CONTRATACIÓN Y SUS CONDICIONES DE EMPLEO; CONVOCATORIA Y ANUNCIOS DE LA CONTRATACIÓN Sección I. Métodos de…
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