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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI

descripcion de la propuesta de reforma

Versión 1 · 9 oct 2026

  • Art. 35 · La convocatoria en los procedimientos de solicitud de propuestas(continúa)Cap. II · MÉTODOS DE CONTRATACIÓN Y SUS CONDICIONES DE EMPLEO; CONVOCATORIA Y ANUNCIOS DE LA CONTRATACIÓN Sección I. Métodos de…

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Texto Original

Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda)

Propuesta de Texto Desarrollista (Leve)

b) La entidad adjudicadora recurra a la convocatoria directa en las condiciones establecidas en el párrafo 2 del presente artículo; o

b) La entidad adjudicadora recurra a la convocatoria directa en las condiciones establecidas en el párrafo 2 del presente artículo; o

c) La entidad adjudicadora decida no hacer publicar la invitación de conformidad con el párrafo 2 del artículo 33 de la presente Ley cuando se den las circunstancias previstas en el párrafo 4 del artículo 33 de la presente Ley.

c) La entidad adjudicadora decida no hacer publicar la invitación de conformidad con el párrafo 2 del artículo 33 de la presente Ley cuando se den las circunstancias previstas en el párrafo 4 del artículo 33 de la presente Ley.

2. La entidad adjudicadora podrá recurrir a la convocatoria directa en los procedimientos de solicitud de propuestas si:

2. La entidad adjudicadora podrá recurrir a la convocatoria directa en los procedimientos de solicitud de propuestas si:

a) El objeto del contrato adjudicable solo puede obtenerse de un número limitado de proveedores o contratistas, siempre que la entidad adjudicadora invite a todos esos proveedores o contratistas a presentar propuestas; o

a) El objeto del contrato adjudicable solo puede obtenerse de un número limitado de proveedores o contratistas, siempre que la entidad adjudicadora invite a todos esos proveedores o contratistas a presentar propuestas; o

b) El tiempo y el costo requeridos para examinar y evaluar un gran número de propuestas serían excesivos habida cuenta del valor del objeto del contrato adjudicable, siempre que la entidad adjudicadora invite a presentar propuestas a un número suficiente de proveedores o contratistas para garantizar una verdadera competencia y seleccione sin ningún tipo de discriminación a los proveedores o contratistas a quienes vaya a solicitar propuestas; o

b) El tiempo y el costo requeridos para examinar y evaluar un gran número de propuestas serían excesivos habida cuenta del valor del objeto del contrato adjudicable, siempre que la entidad adjudicadora invite a presentar propuestas a un número suficiente de proveedores o contratistas para garantizar una verdadera competencia y seleccione sin ningún tipo de discriminación a los proveedores o contratistas a quienes vaya a solicitar propuestas; o

c) La contratación incluye información reservada, siempre que la entidad adjudicadora invite a presentar propuestas a un número suficiente de proveedores o contratistas para garantizar una verdadera competencia.

c) La contratación incluye información reservada, siempre que la entidad adjudicadora invite a presentar propuestas a un número suficiente de proveedores o contratistas para garantizar una verdadera competencia.

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