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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI

descripcion de la propuesta de reforma

Versión 1 · 9 oct 2026

  • Art. 25 · Expediente del procedimiento de adjudicación(continúa)Cap. I · DISPOSICIONES GENERALES

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Texto Original

Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda)

Propuesta de Texto Desarrollista (Leve)

f) De recurrirse a un método de contratación en que se realice una subasta electrónica inversa o en que este tipo de subasta sea una etapa previa a la adjudicación del contrato, una declaración de las razones y circunstancias por las que la entidad adjudicadora justifique su recurso a la subasta electrónica inversa, así como las fechas de apertura y clausura de dicha subasta;

f) De recurrirse a un método de contratación en que se realice una subasta electrónica inversa o en que este tipo de subasta sea una etapa previa a la adjudicación del contrato, una declaración de las razones y circunstancias por las que la entidad adjudicadora justifique su recurso a la subasta electrónica inversa, así como las fechas de apertura y clausura de dicha subasta;

f) De recurrirse a un método de contratación en que se realice una subasta electrónica inversa o en que este tipo de subasta sea una etapa previa a la adjudicación del contrato, una declaración de las razones y circunstancias por las que la entidad adjudicadora justifique su recurso a la subasta electrónica inversa, así como las fechas de apertura y clausura de dicha subasta;

g) En la contratación con arreglo a un acuerdo marco, una relación de las razones y circunstancias en que se basó para recurrir a un procedimiento regido por un acuerdo marco y para elegir un determinado tipo de acuerdo marco;

g) En la contratación con arreglo a un acuerdo marco, una relación de las razones y circunstancias en que se basó para recurrir a un procedimiento regido por un acuerdo marco y para elegir un determinado tipo de acuerdo marco;

g) En la contratación con arreglo a un acuerdo marco, una relación de las razones y circunstancias en que se basó para recurrir a un procedimiento regido por un acuerdo marco y para elegir un determinado tipo de acuerdo marco;

h) De haberse cancelado el proceso de adjudicación conforme a lo previsto en el párrafo 1 del artículo 19 de la presente Ley, una declaración sobre la decisión de cancelación y sobre las razones y circunstancias por las que la entidad adjudicadora justifique tal decision;

h) De haberse cancelado el proceso de adjudicación conforme a lo previsto en el párrafo 1 del artículo 19 de la presente Ley, una declaración sobre la decisión de cancelación y sobre las razones y circunstancias por las que la entidad adjudicadora justifique tal decision;

h) De haberse cancelado el proceso de adjudicación conforme a lo previsto en el párrafo 1 del artículo 19 de la presente Ley, una declaración sobre la decisión de cancelación y sobre las razones y circunstancias por las que la entidad adjudicadora justifique tal decision;

i) De haberse considerado algún factor socioeconómico para la adjudicación del contrato, información acerca de ese o esos factores y de la manera en que se aplicaron;

i) De haberse considerado algún factor socioeconómico para la adjudicación del contrato, información acerca de ese o esos factores y de la manera en que se aplicaron;

i) De haberse considerado algún factor socioeconómico para la adjudicación del contrato, información acerca de ese o esos factores y de la manera en que se aplicaron;

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