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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY CNUDMI

descripcion de la propuesta de reforma

Versión 1 · 9 oct 2026

  • Art. 48 · Licitación en dos etapas(continúa)Cap. V · MÉTODOS DE CONTRATACIÓN POR LICITACIÓN EN DOS ETAPAS, SOLICITUD DE PROPUESTAS CON DIÁLOGO, SOLICITUD DE PROPUESTAS CO…

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Texto Original

Propuesta de Texto Desarrollista (Profunda)

Propuesta de Texto Desarrollista (Leve)

2. En el pliego de condiciones se invitará a los proveedores o contratistas a que presenten, en la primera etapa del procedimiento, sus ofertas iniciales en las que figurarán sus propuestas, pero no el precio. En el pliego de condiciones se podrán solicitar propuestas relativas a las características técnicas, de calidad o de funcionamiento del objeto del contrato adjudicable, así como acerca de las condiciones contractuales de su suministro y, cuando proceda, acerca de la competencia y las calificaciones profesionales y técnicas exigibles de los proveedores o contratistas.

2. En el pliego de condiciones se invitará a los proveedores o contratistas a que presenten, en la primera etapa del procedimiento, sus ofertas iniciales en las que figurarán sus propuestas, pero no el precio. En el pliego de condiciones se podrán solicitar propuestas relativas a las características técnicas, de calidad o de funcionamiento del objeto del contrato adjudicable, así como acerca de las condiciones contractuales de su suministro y, cuando proceda, acerca de la competencia y las calificaciones profesionales y técnicas exigibles de los proveedores o contratistas.

3. La entidad adjudicadora podrá entablar, en la primera etapa, conversaciones con todo proveedor o contratista, cuya oferta inicial no haya sido rechazada a tenor de lo dispuesto en la presente Ley, acerca de cualquier aspecto de su respectiva oferta inicial. Cuando la entidad adjudicadora entable conversaciones con algún concursante, ofrecerá por igual a cualquier otro concursante la oportunidad de entablar ese mismo tipo de conversaciones.

3. La entidad adjudicadora podrá entablar, en la primera etapa, conversaciones con todo proveedor o contratista, cuya oferta inicial no haya sido rechazada a tenor de lo dispuesto en la presente Ley, acerca de cualquier aspecto de su respectiva oferta inicial. En dichas conversaciones, la entidad adjudicadora deberá explorar activamente las oportunidades de Desagregación Tecnológica del objeto contractual, la incorporación de Valor Agregado Nacional (VAN) y la viabilidad de exigir Transferencia de Tecnología (TT) en la segunda etapa, conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la presente Ley. Cuando la entidad adjudicadora entable conversaciones con algún concursante, ofrecerá por igual a cualquier otro concursante la oportunidad de entablar ese mismo tipo de conversaciones.

4. a) En la segunda etapa del procedimiento de licitación en dos etapas, la entidad adjudicadora invitará a todo proveedor o contratista cuya oferta inicial no haya sido rechazada en la primera etapa a que presente su oferta definitiva y su respectivo precio en función de un conjunto de condiciones revisadas para la contratación;

4. a) En la segunda etapa del procedimiento de licitación en dos etapas, la entidad adjudicadora invitará a todo proveedor o contratista cuya oferta inicial no haya sido rechazada en la primera etapa a que presente su oferta definitiva y su respectivo precio en función de un conjunto de condiciones revisadas para la contratación;

b) Al revisar las condiciones pertinentes de la contratación, la entidad adjudicadora no podrá modificar el objeto de la contratación, pero sí podrá perfeccionar aspectos de la descripción del objeto de la contratación, concretamente:

b) Al revisar las condiciones pertinentes de la contratación, la entidad adjudicadora no podrá modificar el objeto de la contratación, pero sí podrá perfeccionar aspectos de la descripción del objeto de la contratación, concretamente:

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